PRINCIPALES OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACREDITACIÓN
Las
Universidades que suscribimos este Documento nos autodefinimos como
Universidades privadas con vocación pública, que tienen una visión
sistémica sobre la Educación en Chile, que consideran el Derecho a
la Educación como un derecho humano fundamental, por lo que rechazan
el lucro, promueven la inclusión social y creen firmemente en el
fortalecimiento de la Educación Pública.
En
ese marco es que hemos creído necesario explicitar públicamente
nuestras observaciones al Proyecto de Ley sobre Acreditación, las
que fueran entregadas recientemente a la Comisión de Educación del
Senado, instancia donde se está discutiendo actualmente.
- AUTONOMÍA UNIVERSITARIA.
La
autonomía es de la esencia del concepto de Universidad, por tanto el
respeto a ésta, que incluye la libertad de definir su proyecto
institucional, no puede ser limitado por el concepto de calidad,
sino que debe articularse con éste. Esta autonomía no está
plenamente resguardada en el proyecto de Ley. Las Universidades
cuando obtienen su autonomía, adquieren un derecho que debe ser
respetado. La autonomía es anterior a la diversidad y dice relación
a su deber ser. En consecuencia, la importancia de la calidad no
tiene porqué colisionar con la autonomía universitaria. No hay
ninguna razón que justifique aquello.
- CLASIFICACIÓN DE UNIVERSIDADES:
El
proyecto carece de este antecedente que debiera estar explicitado en
los primeros artículos y bajo un título especial. El análisis
internacional comparado1
y diversos análisis nacionales, establecen que no existe un modelo
de universidad y muy por el contrario, que un adecuado sistema
universitario requiere de la distinción horizontal de a lo menos
tres tipos de universidades, factor que junto al proyecto
institucional, constituyen un tema esencial por definir en un nuevo
sistema de acreditación.
La
experiencia comparada distingue entre Universidades complejas,
semi-complejas y docentes. A su vez, en cuanto al acceso, éstas se
clasifican en selectivas e inclusivas. Esta realidad y avance en el
concepto de un buen sistema universitario, necesita ser reconocido y
establecido en la ley de acreditación.
- LOS ESTÁNDARES.
Ni
los estándares ni la acreditación pueden ser los mismos para todas
las universidades. El concepto mismo de estándares, si no es bien
concebido denota la búsqueda de uniformidad.
Una
universidad con estudiantes de los primeros quintiles, no puede tener
los mismos estándares de una que se concentra en el ABC1 o en el
quinto quintil. Esa característica estudiantil, determina resultados
diferentes y no comparables en aspectos tales como: tasas de
titulación, tasas de retención, nivel de remuneraciones de los
titulados, etc. De igual modo no es comparable la jornada vespertina
con la diurna.
La
desigualdad existente en Chile, no puede verse reforzada con una
visión elitista que segrega a los más vulnerables y que castiga los
proyectos institucionales destinados preferentemente a acoger a este
sector de la población. Cada día se hace más claro que existen
distintas visiones respecto al deber ser universitario, una de las
cuales corresponde a la visión elitaria iniciada desde la admisión.
Baste recordar la discusión acerca de las implicancias
socioeconómicas del uso de la PSU y de la consiguiente reproducción
de la elite con el resultado que segrega a los estudiantes de liceos
fiscales y colegios subvencionados. Otra visión es aquella que se
caracteriza por su concepción de inclusividad, atendido el nivel de
desarrollo de nuestro país, y el respeto al derecho constitucional
de la educación.
- CONCEPTO DE CALIDAD.
Se
observa que el Proyecto de Ley adopta un concepto de calidad muy
impregnado por lo profesionalizante y sus competencias, respecto del
cual es pertinente recordar los cuestionamientos que en Europa se
formulan sobre la materia y la reivindicación de la importancia de
las humanidades y de una formación integral y crítica. Creemos que
el concepto de calidad debe ser más complejo.
Agreguemos
dos citas para conceptualizar nuestra visión:
“Elevar
la calidad sería transformar la educación para favorecer procesos
de aprendizajes que vayan construyendo sujetos críticos y
reflexivos, capaces de relacionarse de manera distinta con el
conocimiento” (Assael&Guzmán.1995:6)
“La
defensa de la necesidad de inscribir la noción de “calidad” en
contextos de referencia sociales, históricos y académico-culturales
que preserven la diversidad de las misiones-visiones universitarias,
que estimulen los procesos de socialización y la construcción de
ciudadanía crítica, sin borrar la especificidad referencial de sus
proyectos educativos y universitarios en nombre de un concepto
neutro, abstracto y general que persigue la supuesta normalización
técnica” 2.
Estas
reflexiones y la muy necesaria relación con el concepto de equidad,
explicitan el sentido de las críticas al Proyecto de Ley.
- VISIÓN ECONOMICISTA.
Subyace
una visión economicista en el proyecto, lo que se evidencia en una
sobrevaloración de todo lo relacionado con aspectos materiales, que
llevado a la práctica signifique que se limite la existencia de
proyectos universitarios a aquellos creados por el Estado o por
grandes capitales. Esta línea de inspiración conduce a un sistema
universitario cerrado que puede llegar a ser monopólico.
No
es buena la práctica ya asumida por la propia CNA, de evaluar las
Universidades como una suerte de empresas que deben ser analizadas
con los mismos parámetros de una Sociedad Anónima que cotiza en la
Bolsa y que es parte del Mercado de Capitales.
La
Universidad es otra figura, con otra función y que se inspira en una
tradición muy diferente.
- MODELO ÚNICO.
El
Proyecto de Ley, a pesar de lo que se señala en el Mensaje, en su
articulado denota la búsqueda de una uniformidad y es un hecho que
un sistema moderno y democrático requiere de heterogeneidad. La
práctica de la CNA ha representado un avance que le ha hecho bien al
sistema, con problemas, nuevos requerimientos que ésta debe
afrontar, pero lo segundo no borra lo primero. No son convincentes
los argumentos para establecer por ley un solo plazo igual de
acreditación. Las Universidades no son iguales, los proyectos
universitarios tampoco. Ya señalamos que se debe reconocer distintos
tipos de Universidades, de igual modo que se debe reconocer que las
Universidades no nacen complejas, con doctorados e investigación de
nivel, toda vez que las universidades requieren un largo tiempo de
maduración. Una Universidad que tiene un siglo de autonomía, no se
puede comparar con aquella que no completa aún un decenio. El
Informe de la OCDE que evaluó el actual Sistema de Aseguramiento de
la Calidad señaló, entre sus deficiencias, que este es un mecanismo
centrado en la misión, prácticas y aspiraciones de las
universidades tradicionales, con escasa consideración de la
diversidad de los proyectos institucionales. La oficialización
práctica de un modelo único a través de estándares, acentuaría
esta deficiencia.
Un
estudio realizado en Chile indica que sólo existen once
universidades con investigación, seis semi-complejas y treinta uno
docentes. 3
- TRANSPARENCIA.
Uno
de los problemas de la experiencia CNA, es el secretismo del proceso,
no exento de grados de arbitrariedad, con argumentos que en algunos
casos fundan un rechazo y en otros casos, los mismos argumentos
fundamentan la aprobación. La ley debe ser más explícita y más
clara. Y los procedimientos deben ser plenamente transparentes y
deben cumplirse con lo que para este caso, puede explicarse con
normas de debido proceso y conocimiento. El proyecto no soluciona los
problemas de generalidad de los criterios, que ahora se cambian por
los estándares con los desafíos que esto implica. Se descansa en un
futuro Manual o Reglamento, que debiera ser conocido en paralelo a la
discusión del proyecto, para objetivar esta y para observar si este
es congruente con el respeto a la autonomía, a los proyectos
institucionales y a la necesaria diversidad.
- COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA AGENCIA.
No
convence el número de miembros, ni tampoco el sistema de designación
de sus componentes. Claramente el número requiere ser aumentado y el
sistema de designación exige de un mayor estudio. Es natural que
quien presida la institución sea designado por el Gobierno, como
asimismo es indispensable regular como lo hace el proyecto en materia
de incompatibilidades e inhabilidades, las que se debieran ampliar a
considerar un período que relacione éstas con la función anterior
de los miembros del Consejo.
- LA ACREDITACIÓN GLOBAL ES INCONVENIENTE.
Por
variadas razones ésta resulta inconveniente. Tiende a la
uniformidad, establece un azar, que no aseguran criterios similares
y que establecen una igual calificación que sería ficticia, y no
estimularía la maduración y mejora permanente de los proyectos. La
acreditación debe ir acompañada de áreas opcionales y programas
que deben acreditarse separadamente.
De
igual modo, la existencia de períodos diversos de acreditación es
el resultado de la experiencia y la práctica internacional, que
demuestran que la existencia de distintos períodos de acreditación
es algo adecuado y realista, y que un plazo único implicaría una
limitación al buen funcionamiento del órgano de acreditación.
Por
otra parte, no parece conveniente unificar en un mismo órgano, el
Licenciamiento y la Acreditación, ya que estos procesos obedecen a
lógicas que son distintas, tienen objetivos y parámetros
diferentes. El primero otorga la autonomía, el segundo, es un
mecanismo de aseguramiento de la calidad. La unificación de ambos
procesos, entre otros efectos, lesiona la autonomía institucional y
limita el desarrollo de una cultura de mejoramiento continuo.
- EL LUCRO.
La
acreditación debe considerar este aspecto que es parte de la
definición legal de la actividad y que debe respetarse. Esto ha sido
parte de la discusión de los últimos dos años y debe ser
incorporado en este proyecto. En definitiva, no puede acreditarse una
Universidad que lucra.
- ESTRUCTURA Y FINANCIAMIENTO DE LA AGENCIA.
La
CNA, a pesar de sus dificultades, ha representado un avance que no se
puede desconocer. Uno de sus problemas fue que su estructura, fue
variando en el hecho por su práctica , al confundir las labores de
política y decisión final, de la definición de las líneas
generales del sistema, de la implementación del concepto legal de
calidad , de aprobación de los procedimientos y de los dictámenes
de acreditación, que corresponden al órgano colegiado, con los del
nivel técnico de responsabilidad de una secretaría profesional,
encargada de ejecutar las decisiones del órgano colegiado, de
administrar los procesos, de asesorar y acompañar a las
instituciones, de generar materiales de apoyo, entre otras. Esta
distinción de funciones que deben expresarse en la estructura, es
necesario estipularlo muy claramente en una nueva Ley.
Por
otra parte, teniendo en consideración que las Universidades son
personas jurídicas sin fines de lucro no es conveniente que la
Agencia de Acreditación propuesta se financie por las instituciones.
Esta debe ser claramente independiente y como agencia pública, debe
financiarse por el presupuesto de la Nación.
- LA EQUIDAD.
La
discusión ha estado centrada en dos temas: la calidad y la equidad
del sistema de Educación Superior. El proyecto considera para la
acreditación sólo el tema de la calidad. Los estudiantes del 40% de
las familias de mejores ingresos están sobrerepresentados en todos
los tipos de educación terciaria y en varias universidades
representan sobre el 70% e incluso el 80% del total de la población
estudiantil. Sobre el 70% de los que obtienen puntajes bajos en la
PSU, pertenecen al sector de ingresos más bajos. Sobre el 40% del
total de estudiantes de este origen, obtienen menos de 450 puntos,
comparado con menos del 7% de los estratos altos. Los que superan
los 600 puntos no superan un digito y los de estratos altos superan
el 50%.
Estas
diferencias significativas plantean un desafío mayor. Es una
verdadera interpelación al sistema, que también incluye a los
criterios y al sistema de acreditación. Para algunas Universidades
este en un tema fundamental en sus proyectos institucionales, porque
consideramos que para el buen desarrollo del país, se deben generar
condiciones de equidad horizontal e integración social en el acceso
y permanencia en la educación superior.
Universidad
Academia de Humanismo Cristiano, Universidad de Arte y Ciencias
Sociales-ARCIS, Universidad Central, Universidad Miguel de Cervantes
y Universidad Católica Silva Henríquez.
Santiago,
Abril de 2013.
1
“Clasificación de IES.
Lecciones de Clasificación Carnegie”. A.C.McCormick.”Organización
de Sistemas de Educación Superior:el caso Europeo.”Frank
Ziegele.Centro de Desarrollo de E. Superior Alemán”.
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