Vistas de página en total

martes, 9 de abril de 2013

PRINCIPALES OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACREDITACIÓN


PRINCIPALES OBSERVACIONES AL PROYECTO DE LEY SOBRE ACREDITACIÓN


Las Universidades que suscribimos este Documento nos autodefinimos como Universidades privadas con vocación pública, que tienen una visión sistémica sobre la Educación en Chile, que consideran el Derecho a la Educación como un derecho humano fundamental, por lo que rechazan el lucro, promueven la inclusión social y creen firmemente en el fortalecimiento de la Educación Pública.

En ese marco es que hemos creído necesario explicitar públicamente nuestras observaciones al Proyecto de Ley sobre Acreditación, las que fueran entregadas recientemente a la Comisión de Educación del Senado, instancia donde se está discutiendo actualmente.
  1. AUTONOMÍA UNIVERSITARIA.
La autonomía es de la esencia del concepto de Universidad, por tanto el respeto a ésta, que incluye la libertad de definir su proyecto institucional, no puede ser limitado por el concepto de calidad, sino que debe articularse con éste. Esta autonomía no está plenamente resguardada en el proyecto de Ley. Las Universidades cuando obtienen su autonomía, adquieren un derecho que debe ser respetado. La autonomía es anterior a la diversidad y dice relación a su deber ser. En consecuencia, la importancia de la calidad no tiene porqué colisionar con la autonomía universitaria. No hay ninguna razón que justifique aquello.
  1. CLASIFICACIÓN DE UNIVERSIDADES:
El proyecto carece de este antecedente que debiera estar explicitado en los primeros artículos y bajo un título especial. El análisis internacional comparado1 y diversos análisis nacionales, establecen que no existe un modelo de universidad y muy por el contrario, que un adecuado sistema universitario requiere de la distinción horizontal de a lo menos tres tipos de universidades, factor que junto al proyecto institucional, constituyen un tema esencial por definir en un nuevo sistema de acreditación.
La experiencia comparada distingue entre Universidades complejas, semi-complejas y docentes. A su vez, en cuanto al acceso, éstas se clasifican en selectivas e inclusivas. Esta realidad y avance en el concepto de un buen sistema universitario, necesita ser reconocido y establecido en la ley de acreditación.
  1. LOS ESTÁNDARES.
Ni los estándares ni la acreditación pueden ser los mismos para todas las universidades. El concepto mismo de estándares, si no es bien concebido denota la búsqueda de uniformidad.
Una universidad con estudiantes de los primeros quintiles, no puede tener los mismos estándares de una que se concentra en el ABC1 o en el quinto quintil. Esa característica estudiantil, determina resultados diferentes y no comparables en aspectos tales como: tasas de titulación, tasas de retención, nivel de remuneraciones de los titulados, etc. De igual modo no es comparable la jornada vespertina con la diurna.
La desigualdad existente en Chile, no puede verse reforzada con una visión elitista que segrega a los más vulnerables y que castiga los proyectos institucionales destinados preferentemente a acoger a este sector de la población. Cada día se hace más claro que existen distintas visiones respecto al deber ser universitario, una de las cuales corresponde a la visión elitaria iniciada desde la admisión. Baste recordar la discusión acerca de las implicancias socioeconómicas del uso de la PSU y de la consiguiente reproducción de la elite con el resultado que segrega a los estudiantes de liceos fiscales y colegios subvencionados. Otra visión es aquella que se caracteriza por su concepción de inclusividad, atendido el nivel de desarrollo de nuestro país, y el respeto al derecho constitucional de la educación.
  1. CONCEPTO DE CALIDAD.
Se observa que el Proyecto de Ley adopta un concepto de calidad muy impregnado por lo profesionalizante y sus competencias, respecto del cual es pertinente recordar los cuestionamientos que en Europa se formulan sobre la materia y la reivindicación de la importancia de las humanidades y de una formación integral y crítica. Creemos que el concepto de calidad debe ser más complejo.
Agreguemos dos citas para conceptualizar nuestra visión:
Elevar la calidad sería transformar la educación para favorecer procesos de aprendizajes que vayan construyendo sujetos críticos y reflexivos, capaces de relacionarse de manera distinta con el conocimiento” (Assael&Guzmán.1995:6)
La defensa de la necesidad de inscribir la noción de “calidad” en contextos de referencia sociales, históricos y académico-culturales que preserven la diversidad de las misiones-visiones universitarias, que estimulen los procesos de socialización y la construcción de ciudadanía crítica, sin borrar la especificidad referencial de sus proyectos educativos y universitarios en nombre de un concepto neutro, abstracto y general que persigue la supuesta normalización técnica” 2.
Estas reflexiones y la muy necesaria relación con el concepto de equidad, explicitan el sentido de las críticas al Proyecto de Ley.
  1. VISIÓN ECONOMICISTA.
Subyace una visión economicista en el proyecto, lo que se evidencia en una sobrevaloración de todo lo relacionado con aspectos materiales, que llevado a la práctica signifique que se limite la existencia de proyectos universitarios a aquellos creados por el Estado o por grandes capitales. Esta línea de inspiración conduce a un sistema universitario cerrado que puede llegar a ser monopólico.
No es buena la práctica ya asumida por la propia CNA, de evaluar las Universidades como una suerte de empresas que deben ser analizadas con los mismos parámetros de una Sociedad Anónima que cotiza en la Bolsa y que es parte del Mercado de Capitales.
La Universidad es otra figura, con otra función y que se inspira en una tradición muy diferente.
  1. MODELO ÚNICO.
El Proyecto de Ley, a pesar de lo que se señala en el Mensaje, en su articulado denota la búsqueda de una uniformidad y es un hecho que un sistema moderno y democrático requiere de heterogeneidad. La práctica de la CNA ha representado un avance que le ha hecho bien al sistema, con problemas, nuevos requerimientos que ésta debe afrontar, pero lo segundo no borra lo primero. No son convincentes los argumentos para establecer por ley un solo plazo igual de acreditación. Las Universidades no son iguales, los proyectos universitarios tampoco. Ya señalamos que se debe reconocer distintos tipos de Universidades, de igual modo que se debe reconocer que las Universidades no nacen complejas, con doctorados e investigación de nivel, toda vez que las universidades requieren un largo tiempo de maduración. Una Universidad que tiene un siglo de autonomía, no se puede comparar con aquella que no completa aún un decenio. El Informe de la OCDE que evaluó el actual Sistema de Aseguramiento de la Calidad señaló, entre sus deficiencias, que este es un mecanismo centrado en la misión, prácticas y aspiraciones de las universidades tradicionales, con escasa consideración de la diversidad de los proyectos institucionales. La oficialización práctica de un modelo único a través de estándares, acentuaría esta deficiencia.

Un estudio realizado en Chile indica que sólo existen once universidades con investigación, seis semi-complejas y treinta uno docentes. 3
  1. TRANSPARENCIA.
Uno de los problemas de la experiencia CNA, es el secretismo del proceso, no exento de grados de arbitrariedad, con argumentos que en algunos casos fundan un rechazo y en otros casos, los mismos argumentos fundamentan la aprobación. La ley debe ser más explícita y más clara. Y los procedimientos deben ser plenamente transparentes y deben cumplirse con lo que para este caso, puede explicarse con normas de debido proceso y conocimiento. El proyecto no soluciona los problemas de generalidad de los criterios, que ahora se cambian por los estándares con los desafíos que esto implica. Se descansa en un futuro Manual o Reglamento, que debiera ser conocido en paralelo a la discusión del proyecto, para objetivar esta y para observar si este es congruente con el respeto a la autonomía, a los proyectos institucionales y a la necesaria diversidad.
  1. COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE LA AGENCIA.
No convence el número de miembros, ni tampoco el sistema de designación de sus componentes. Claramente el número requiere ser aumentado y el sistema de designación exige de un mayor estudio. Es natural que quien presida la institución sea designado por el Gobierno, como asimismo es indispensable regular como lo hace el proyecto en materia de incompatibilidades e inhabilidades, las que se debieran ampliar a considerar un período que relacione éstas con la función anterior de los miembros del Consejo.
  1. LA ACREDITACIÓN GLOBAL ES INCONVENIENTE.
Por variadas razones ésta resulta inconveniente. Tiende a la uniformidad, establece un azar, que no aseguran criterios similares y que establecen una igual calificación que sería ficticia, y no estimularía la maduración y mejora permanente de los proyectos. La acreditación debe ir acompañada de áreas opcionales y programas que deben acreditarse separadamente.
De igual modo, la existencia de períodos diversos de acreditación es el resultado de la experiencia y la práctica internacional, que demuestran que la existencia de distintos períodos de acreditación es algo adecuado y realista, y que un plazo único implicaría una limitación al buen funcionamiento del órgano de acreditación.
Por otra parte, no parece conveniente unificar en un mismo órgano, el Licenciamiento y la Acreditación, ya que estos procesos obedecen a lógicas que son distintas, tienen objetivos y parámetros diferentes. El primero otorga la autonomía, el segundo, es un mecanismo de aseguramiento de la calidad. La unificación de ambos procesos, entre otros efectos, lesiona la autonomía institucional y limita el desarrollo de una cultura de mejoramiento continuo.
  1. EL LUCRO.
La acreditación debe considerar este aspecto que es parte de la definición legal de la actividad y que debe respetarse. Esto ha sido parte de la discusión de los últimos dos años y debe ser incorporado en este proyecto. En definitiva, no puede acreditarse una Universidad que lucra.

  1. ESTRUCTURA Y FINANCIAMIENTO DE LA AGENCIA.
La CNA, a pesar de sus dificultades, ha representado un avance que no se puede desconocer. Uno de sus problemas fue que su estructura, fue variando en el hecho por su práctica , al confundir las labores de política y decisión final, de la definición de las líneas generales del sistema, de la implementación del concepto legal de calidad , de aprobación de los procedimientos y de los dictámenes de acreditación, que corresponden al órgano colegiado, con los del nivel técnico de responsabilidad de una secretaría profesional, encargada de ejecutar las decisiones del órgano colegiado, de administrar los procesos, de asesorar y acompañar a las instituciones, de generar materiales de apoyo, entre otras. Esta distinción de funciones que deben expresarse en la estructura, es necesario estipularlo muy claramente en una nueva Ley.
Por otra parte, teniendo en consideración que las Universidades son personas jurídicas sin fines de lucro no es conveniente que la Agencia de Acreditación propuesta se financie por las instituciones. Esta debe ser claramente independiente y como agencia pública, debe financiarse por el presupuesto de la Nación.
  1. LA EQUIDAD.
La discusión ha estado centrada en dos temas: la calidad y la equidad del sistema de Educación Superior. El proyecto considera para la acreditación sólo el tema de la calidad. Los estudiantes del 40% de las familias de mejores ingresos están sobrerepresentados en todos los tipos de educación terciaria y en varias universidades representan sobre el 70% e incluso el 80% del total de la población estudiantil. Sobre el 70% de los que obtienen puntajes bajos en la PSU, pertenecen al sector de ingresos más bajos. Sobre el 40% del total de estudiantes de este origen, obtienen menos de 450 puntos, comparado con menos del 7% de los estratos altos. Los que superan los 600 puntos no superan un digito y los de estratos altos superan el 50%.
Estas diferencias significativas plantean un desafío mayor. Es una verdadera interpelación al sistema, que también incluye a los criterios y al sistema de acreditación. Para algunas Universidades este en un tema fundamental en sus proyectos institucionales, porque consideramos que para el buen desarrollo del país, se deben generar condiciones de equidad horizontal e integración social en el acceso y permanencia en la educación superior.


Universidad Academia de Humanismo Cristiano, Universidad de Arte y Ciencias Sociales-ARCIS, Universidad Central, Universidad Miguel de Cervantes y Universidad Católica Silva Henríquez.

Santiago, Abril de 2013.

1Clasificación de IES. Lecciones de Clasificación Carnegie”. A.C.McCormick.”Organización de Sistemas de Educación Superior:el caso Europeo.”Frank Ziegele.Centro de Desarrollo de E. Superior Alemán”.
2 Documento Universidad Arcis.
3 Estudio Aequalis del año 2011

No hay comentarios:

Publicar un comentario